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Textos antiprohibicionistas

Despenalización de las drogas, una propuesta

Foto de Antonio Cuerda

Catedrático de Derecho penal

Despenalización de las drogas, una propuesta
Despenalización de las drogas, una propuesta

Del libro De los delitos y las penas, texto clásico de Derecho Penal, escrito por el marqués de Beccaria en 1764, cabe extraer una enseñanza ética. Esta es histórico-científica y encierra el siguiente mensaje dirigido al legislador: si castigas con penas excesivamente graves no conseguirás disuadir al hipotético delincuente. Además, en la actualidad se ha demostrado que si los jueces sienten que una pena es desmesurada, emplean diversos mecanismos para eludirla, bien considerando que los hechos no están probados, bien imponiendo una pena inferior. ¿Qué consecuencias tiene ese mensaje? En 1988 se endurecieron en España las penas para los delitos de tráfico de drogas, regulándose diversas agravaciones; algunas de tales agravaciones pueden alcanzar la nada despreciable pena de veintitrés años y cuatro meses de cárcel y 225 millones de multa; por otra parte, la Ley de seguridad ciudadana de 1992 considera infracción administrativa no sólo el consumo o el tráfico de drogas en lugares públicos, sino además que otros toleren estas conductas. De manera que todo el ciclo de la droga (producción, tráfico y consumo) está prohibido. Cuando todavía se oyen voces a favor de agravar estas penas, uno se pregunta cuál es el nuevo castigo que se propone: ¿la pena de muerte?, ¿la cadena perpetua? Y todavía quiero formular otras preguntas: ¿acaso va a evitar ese mayor rigor punitivo las ochocientas muertes que provoca anualmente en España el tráfico y consumo de drogas?, ¿acaso va a evitar que existan productores, traficantes y consumidores de drogas? Mi opinión es que no. Mi opinión es que los que quieran seguir siendo productores, traficantes o consumidores de drogas, lo van a seguir siendo por mucho que aumenten las penas o sanciones para estas conductas.

Estados Unidos de América, enero de 1920. El diputado A. J. Volstead introduce la decimoctava enmienda a la Constitución. El día 17 de enero de 1920 nace la llamada «ley seca», que prohíbe la elaboración o el tráfico de cualquier bebida embriagante. Las consecuencias de semejante norma son sobradamente conocidas, porque todos las hemos contemplado en las películas sobre el Chicago de los años veinte. La corrupción se enseñorea de todo. El sindicato del crimen es omnipotente. De otro lado, al no ser el mercado del alcohol ni ilegal ni transparente, surge el fenómeno de los gangsters para controlar tan suculento pastel. Con el tiempo, el poder y la impunidad de la banda dominante obliga a la apertura de nuevos mercados donde invertir los excedentes (como la prostitución o las apuestas), o ampliar los objetivos de actuación (como los atracos a bancos). Irónicamente, Eliot Ness y sus «Intocables» lograron detener a Capone con la acusación de delito fiscal.

El paralelismo entre esos sucesos y los que recientemente han ocurrido en España, y siguen ocurriendo, es revelador. Cambiemos alcohol por drogas; Ley Seca por los artículos 344 y siguientes del Código penal español; corrupción política y policial por corrupción policial y política; muertes a balazos por muertes derivadas del Sida, o de droga adulterada o con excesiva pureza; cambiemos intoxicación debida al alcohol por toxicomanía y drogodependencia; Al Capone o Johnny Torrio por Manuel Caharlín (alias «El Patriarca») o Laureano Oubiña; cambiemos un Al Capone que se considera a sí mismo como un benefactor social y que no alcanza a comprender cómo la sociedad finalmente se vuelve contra él, por un Laureano Oubiña que —en el juicio «Nécora»— contesta con sorna e incluso chulería a las preguntas del Fiscal, porque es consciente de que domina un imperio y que las pruebas contra él son escasas.

Por curioso que parezca, algunas leyes penales son criminógenas, es decir, que provocan más delitos que los que evitan. Cuando se prohíbe bajo pena algo que es difícilmente controlable por los instintos humanos, como es la necesidad que sienten algunos de evadirse mediante el consumo de alcohol o de drogas, necesidad que está insertada en las raíces de muchas culturas, la prohibición absoluta de estos productos o bien es ingenua, o bien se impone de mala fe. Es posiblemente ingenua porque la comisión de los delitos de traficar o consumir alcohol o drogas se va a seguir produciendo y además con tendencia a crecer, ante el acicate añadido de entrar en la esfera de lo oculto y clandestino. Pero posiblemente la prohibición absoluta también obedezca a razones poco confesables, de carácter estrictamente económico; en efecto, el producto prohibido genera colosales beneficios, y puede haber muchas almas hipócritamente prohibicionistas, cuyos bolsillos se rellenan de esas ganancias.

Otro hito histórico. Ginebra, 1939. La Sociedad de Naciones, creada en 1919 por el Tratado de Versalles con el objetivo de mantener la paz mundial, asiste muda e impotente a la invasión de Polonia por las tropas alemanas guiadas por Hitler. Unos Estados enmudecen porque consiguen una buena porción en el reparto de las tierras polacas, como la URSS. Otros Estados se sienten impotentes. Todos callan y la Sociedad de Naciones languidece.

¿Qué lección podemos entresacar hoy de aquel silencio de la Sociedad de naciones y de otros elocuentes silencios de la comunidad internacional? Creo que alguna. Cuando se argumenta que la despenalización de las drogas no se puede efectuar aisladamente por España, porque entonces sería el paraíso de los toxicómanos, se dice sólo una verdad a medias. Es cierto que existe el riesgo de que aumente la presencia de traficantes o consumidores (ésta es la verdad). Pero también es cierto que se adopta firmemente la política de la despenalización, lo coherente es proponerla y defenderla en los foros internacionales. Y esto (aquí nos encontramos con el porcentaje de mentira) no lo ha hecho el Estado español, sino que más bien se ha acobardado ante la infundada crítica —procedente sobre todo de EE. UU.— que nos tildaba de país liberalizador en materia de drogas; por si fuera poco, el Estado español ha apoyado con todo su ímpetu los tratados internacionales que abogaban por una mayor represión. Una de dos: o no se persigue la despenalización de las drogas, y entonces la postura española es coherente; o sí se persigue esa despenalización, y entonces no es coherente que en el marco internacional no se promueva esa política.

Ante la inmovilidad de algunos Estados, que continúan aferrados a la solución de la represión absoluta en materia de drogas, o ante el silencio de otros que no intentan convencer de lo contrario a la comunidad internacional, hay que reconocer la dura realidad de que el sistema de la prohibición omnicomprensiva ha fracasado estrepitosamente. Y puesto que este fracaso es evidente, ¿por qué no tener la valentía de declararse a favor de la política de la despenalización?, ¿por qué, al menos, no probarlo? Más aún: ¿por qué no intentar convencer a los restantes Estados de que tal política no es una postura enloquecida y sin sentido, sino una razonable y razonada en argumentos históricos? Aprendamos, pues, la lección de Ginebra en 1939 o de Panamá en 1989 y evitemos el silencio.

Conclusión. Es preciso probar un nuevo modelo que combine una represión relativa, la mínima necesaria, y una liberalización controlada de las drogas. Por represión relativa, entiendo el castigo penal del fomento del consumo de drogas entre jóvenes discapacitados e individuos sometidos a un proceso de deshabituación. Y por liberalización controlada entiendo que la Administración se encargue de distribuir y suministrar drogas a aquellos individuos que, libre y conscientemente, asuman los riesgos que se derivan del consumo. Esta política es la que se corresponde con la imagen de una sociedad democrática; efectivamente, en ella el Estado no debe tutelar a sus ciudadanos hasta el punto de prohibirles lo que aquél considera que es nocivo para la salud, sino que las personas son adultos socialmente hablando, es decir, seres libres que optan por fumar o no, por ingerir o no, por drogarse o no.

Los costes económicos, sociales y humanos de esta nueva política despenalizadora serían menores que los que se derivan del actual criterio de la total represión. En el sector de la producción de drogas desaparecería la confrontación —tan hipócrita, tan de nuestros días— entre países productores y países consumidores. En el sector de la distribución, tendería a disminuir el número de mafias y grupos criminales organizados. Y en el sector del consumo, igualmente se rebajarían las cifras de muertes por sobredosis o por adulteración, y las de enfermedades vinculadas a las drogas (sida, hepatitis, etc.). Asimismo, es lógico pensar que la demanda entraría en una curva decreciente, que comportaría una disminución de los delitos contra la propiedad ejecutados para disponer de medios con los que proveerse de droga, y que, consecuentemente, serían menos los reclusos condenados por delitos patrimoniales o por tráfico de drogas.

Querría añadir una reflexión sobre el objeto de esta liberalización controlada. Recientemente Carlos López Riaño ha propuesto despenalizar el tráfico de hachís. No se corresponde con esa imagen de la sociedad democrática que deja al arbitrio del individuo cuáles son las vías de escape que desea adoptar, siempre claro está que no dañen a los demás. Si con la propuesta de López Riaño las restantes drogas se mantienen incluidas bajo la prohibición, seguirían produciéndose en gran medida los mismos efectos que en la actualidad española o con la Ley seca. Que sea por tanto el individuo consciente y maduro el que decida si quiere consumir droga, pero siempre bajo el control de la Administración.

Antonio Cuerda, en El Mundo, , pp. 4-5.